Dado que algunos lectores se están preguntando por el tema de la “jornada continua escolar” y sobre las votaciones habidas en algunos colegios de Aranda y la comarca, y que las noticias aparecidas tanto en “Diario de Burgos” como en “Diario de la Ribera” no se ajustan totalmente a la realidad del proceso efectuado y contienen algunos errores, es por lo que creo conveniente intentar aportar algo de luz sobre este tema, con del debido respeto hacia todos.
Respecto de la noticia del Diario de Burgos:
“El Colegio Público Castilla de la capital ribereña seguirá el próximo curso con la jornada partida, como hasta ahora, después de que la jornada continua volviese a perder la votación democrática entre la comunidad educativa.”
¿Desde cuando puede ser democrática ese tipo de votación en el que un “el 60,92% de los padres votantes abogaron por la jornada continua mientras que el 36,86% votó porque se mantuviese el horario actual” y prevalezca la opción de los perdedores? ¿De qué tipo de democracia estamos hablando?
Respecto de la noticia de “Diario de la Ribera”:
Dice “Si el pasado lunes en el colegio Castilla de Aranda se realizaba la segunda de las votaciones obligatorias para culminar este proceso con el resultado negativo para la jornada continua, ayer miércoles, el Colegio Rural Agrupado (CRA) Riberduero…,celebraba la votación con un resultado insatisfactorio para los que apoyan la jornada”.
Pues bien, el lunes no hubo ninguna votación en el Colegio Público “Castilla”, ya que los padres votaron el día 22, viernes. ¿Qué es eso de la segunda de las votaciones obligatorias? ¿Quiere decir que es la segunda vez que votan los padres? ¿O quiere decir que los profesores habían votado anteriormente? ¿Por que no nos lo aclara? Y en el CRA Riberduero, ¿hubo también dos votaciones? Porque sólo habla de una. Termina el párrafo diciendo que “celebraba la votación con un resultado insatisfactorio para los que apoyan la jornada”.
¿Pero de qué jornada se trata? ¿De la “única” o de la “partida” de mañana y tarde?
¿Pero de qué jornada se trata? ¿De la “única” o de la “partida” de mañana y tarde?
Dice "Diario de la Ribera" que “La normativa de la Consejería de Educación para culminar este proceso de jornada continua obliga una primera votación, donde al menos deben votar los dos tercios de los padres”.
¿Dónde está esa normativa? ¿Qué Orden o Instrucción lo sustenta? Eso de “una primera votación” es falso.Y sigue la noticia: “En el colegio Castilla sí se consiguió el mínimo de votos necesarios, pero los votos emitidos: 61% a favor de la jornada continua y 37 % en contra, no consiguieron el cambio de horario a pesar de que la mayoría optaban por ello. En esta fase, también el número de votos mayoritario debe alcanzar los dos tercios de los votos emitidos”.
¿De qué fase habla si sólo hay una votación de los padres?
Es conveniente leer previamente la legislación de la que se quiere hablar, y además interpretarla correctamente.
La ORDEN de 7 de febrero de 2001,de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el procedimiento de autorización de modificación de la jornada escolar en los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil y/o Primaria de la Comunidad de Castilla y León, establece:
Artículo 2.– Requisitos de autorización.
2.2. a) El respaldo de dos tercios de madres, padres o tutores de alumnos.
Artículo 3.– Procedimiento.
3.5. Durante el mismo plazo señalado en el apartado anterior se realizará consulta a madres, padres o tutores, sobre la conformidad de modificación de jornada escolar, que habrá de obtener el respaldo de dos tercios de los mismos.
Y la INSTRUCCIÓN de 25 de octubre de 2004, de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, por la que se desarrolla la Orden de 7 febrero de 2001, podemos leer en la
SÉPTIMA: Consulta a las familias:
“ La conformidad de la modificación de la jornada escolar habrá de obtener un respaldo de dos tercios de los padres, madres o tutores del total de participantes y, asimismo, con el fin de asegurar una mayoría relevante, se establece el mínimo de participación de dos tercios del total del censo” .